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Para que se guarden, las ordenancas del señor virrey don Francisco de Toledo en razon dela occupacion de los indios en la lauor delas chacaras, y beneficio dela coca, dela prouincia delos Charcas, y Cuzco
Este documento forma parte de un conjunto de provisiones relacionadas a la administración virreinal impresas en Lima por Antonio Ricardo. En esta provisión, el virrey del Perú, don Luis de Velasco, dictamina que se guarden y cumplan las ordenanzas que el virrey Francisco de Toledo dio en favor de los indios, debido al excesivo trabajo al que eran sometidos los indígenas en las labores de las chácaras y en el beneficio de la coca, especialmente en la provincia de Charcas y en la ciudad del Cuzco, donde trabajaban gran cantidad de personas. Se ordena, además, que a los trabajadores de dichas chácaras no se les asignen repartimientos ni se les detengan contra su voluntad, puesto que debían estar empadronados y vivir cristianamente. Se pide castigo severo para quienes incumplan estas normas. Incluye un pregón y una declaración a los indios del Cercado.
Francisco de Toledo fue el quinto virrey del Perú, gobernó entre los años 1569 – 1581 y es conocido como el gran organizador del virreinato. En 1573 promulgó una serie de normativas denominadas “Ordenanzas del Perú para un buen gobierno”, de gran importancia para la administración virreinal. Sobre el cultivo de la coca, Muñoz señala que el virrey Toledo prohibió que trabajen en estas labores: indios obligados, mujeres y niños. Además, estableció el descanso a mediodía para los trabajadores y la atención religiosa y hospitalaria. Prohibió la creación de nuevas chácaras de coca y el traslado de indios hacia ellas. Estas ordenanzas fueron emitidas nuevamente en 1575 por Francisco de Toledo y ratificadas por el virrey Luis de Velasco en 1603.
Ivonne Macazana
Estudios Indianos