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Universidad del Pacífico

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Provisión (Para que el repartimiento o pueblo que pretendiere ser revisitado por falta de indios…)

Authors: Luis de Velasco y Castilla

Este documento forma parte de un conjunto de provisiones relacionadas a la administración virreinal, impresas en Lima por Antonio Ricardo. En esta provisión, el virrey del Perú, don Luis de Velasco, debido a los perjuicios ocasionados por los pedidos de revisita por parte de indios principales y caciques de pueblos y corregimientos, ordena que todas las veces que un repartimiento o pueblo pretenda que se realicen revisitas por la falta de indios, sean obligados a traer certificación de su corregidor o de los sacerdotes de dicho repartimiento o pueblo; y, que, sin el dicho testimonio, no se pida ni conceda dicha revisita.

Las visitas o padrones de población fueron inspecciones ordenadas por las autoridades virreinales destinadas a investigar sobre aspectos administrativos y económicos. La realización de visitas y revisitas traía consecuencias a la vida económica de las comunidades indígenas. Para Gómez, Morong y Ocaranza, estos documentos virreinales tenían por lo general la siguiente estructura: los autos de ordenanzas que mandan su realización, las instrucciones para su realización y el recuento de la población según las categorías censales (edades, nombres y número de tributarios). Podría incluir anexos relacionados a los cambios sufridos por la población o las sucesiones en el cargo de cacique.

Ivonne Macazana
Proyecto Estudios Indianos